EDICTO COMPLEMENTARIO (Nº2)
El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Dr.
Alfredo Alesio Eguiazu, secretaria de la Dra. Carla Gottfried, sito en la calle
Balcarce 199 de la ciudad de Villaguay, comunica por cinco (5) días que los autos
caratulados: «BLANCO CARLOS ANIBAL S/ QUIEBRA» EXPTE Nº 7898, en
fecha 06/08/2026 se ha declarado la QUIEBRA de Carlos Anibal BLANCO, DNI
N° 25.330.615, CUIL N° 20-25330615-8, argentino, de estado civil soltero,
nacido el día 09/06/1976, con domicilio real en Irigoyen N° 1.835 de la ciudad de
Villaguay, Provincia de Entre Ríos y se ha dispuesto que los acreedores podrán
presentar sus pedidos de verificación ante la sindicatura, C.P. Haydee Liliana
Villagra, correo electrónico: haydee.villagra@yahoo.com.ar; teléfono
celular: 0343-155113221, con domicilio procesal constituido en calle Paso N° 419
de esta ciudad, quien atenderá los días lunes a viernes de 17:00 hs. a 19:00
hs., hasta el 16/10/2026 inclusive. Se han fijado los días 03/12/2026 y
23/02/2027 para que la sindicatura presente, respectivamente, los informes
previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 por remisión del art. 200 LCQ.
Asimismo, se intima al deudor para que entregue al síndico sus bienes, quedando
desapoderado de los mismos y a los terceros a fin de que, quienes tuvieran
bienes del fallido en su poder lo entreguen al Síndico, con los alcances que
prescribe el art. 88, inc. 3) y conc. de la ley 24.522. Debiendo además el deudor
entregar al Síndico, la documentación relacionada con la contabilidad que
tuviere. Se Prohibe al fallido hacer y recibir pagos como también a los terceros a
efectuar pagos al fallida, los que serán ineficaces (art. 88 inc. 5º y 109 LCQ). En
consecuencia INTÍMASE a los acreedores denunciados en la presentación de
pedido de quiebra BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO; BANCO DEL SOL S.A;
BANCO VOII S.A; INDUSTRIAL AND COMMERCICIAL BANK OF CHINA
(ARGENTINA) S.A.U.; BANCO BICA S.A; BACS BANCO DE CRÉDITO Y
SECURITIZACIÓN S.A.; BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES SAU;
SOLUCIONES INTEGRALES S.A.; MERCADOLIBRE S.R.L.; MUPER. Mutual Policial
de Entre Ríos; MOBI: Prestamos Online; TU MUTUAL: Asociación Mutual de
Ayuda; H. LATINO Mutual créditos y préstamos web; PREVPNA: Prestamos de
aprobación automática; AMASOL: Mutual de Ayudas Económicas, que perciban
sus créditos con posterioridad a la fecha del presente resolutorio a reintegrarlos
en el término de diez (10) días de publicitada la presente con el primer edicto,
siendo el órgano sindical el facultado para el control e investigación de los
mismos. DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarse por
cinco (5) días en el Boletín Oficial de Paraná, y en medios digitales de
comunicación, conforme listado proporcionado por el Servicio de Información y
Comunicación del STJER (SIC), a saber: Diario El Pueblo digital:
https://www.elpueblovillaguay.com.ar;
https://www.apnoticias.com.ar;
Página
Página
apnoticias:
Infor-Villaguay:
https://www.inforvillaguay.com; Diario https://www.diariovillaguayweb.com;
Páginas
Villaguay
Noticias
web:
y
https://www.noticiasyhechos.com.ar/secciones/12/villaguay.html
Hechos:
y
Radio
Municipal de Villaguay: https://villaguay.gob.ar/radiomunicipal, de conformidad a
lo resuelto por el STJ en Expte. n° 1085/2026 -SSE.-, sin necesidad de previo
pago y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblar el costo de
publicación, cuando los hubiere (art. 89 de la Ley 24522).
Villaguay, 24 de septiembre de 2026.
Dra. Carla Gottfried
Abogada – Secretaria

